De los tribunales electorales a una oficina del Ejecutivo Federal
ESPECIAL
Una publicación de ACONTECER terminó convertida en una larga batalla jurídica. La presidenta municipal morenista de Cadereyta de Montes promovió dos procedimientos electorales distintos relacionados con ese contenido y, en ambos, buscó, entre otras medidas, que la publicación fuera retirada de Facebook.
Las dos controversias comenzaron en Querétaro y terminaron llegando hasta la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el Estado de México, bajo los expedientes ST-JG-17/2026 y ST-JG-27/2026. El 30 de abril de 2026, ambos asuntos fueron resueltos y las determinaciones que habían negado retirar cautelarmente la publicación fueron confirmadas. Los tribunales electorales no ordenaron borrar el contenido.
Pero aquella publicación todavía tenía otro camino por recorrer. Paralelamente a los litigios electorales, la alcaldesa había acudido también al sistema federal de protección de datos personales. Así nació el expediente PPD 0019/2026, que terminó en manos de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
La diferencia no es menor. Buen Gobierno no es un tribunal y no pertenece al Poder Judicial. Es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, el mismo Poder Ejecutivo encabezado actualmente por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo. Su Reglamento Interior la define expresamente como una dependencia del Ejecutivo Federal.
Así, después de que dos controversias electorales no consiguieran que los tribunales ordenaran retirar cautelarmente la publicación, el asunto continuó por una vía completamente distinta: ya no frente a magistrados electorales, sino ante una oficina administrativa del Gobierno Federal.
Y allí el resultado cambió. El 2 de julio de 2026, dentro del PPD 0019/2026, Buen Gobierno ordenó hacer efectivo el derecho de oposición respecto de la difusión de la imagen del domicilio y estableció mecanismos para vigilar su cumplimiento e, incluso, actuar posteriormente en caso de considerarlo incumplido.
Es precisamente esa sucesión la que lleva a ACONTECER a hablar de censura. La misma publicación que resistió dos intentos de retiro en materia electoral terminó siendo restringida, respecto de la imagen controvertida, mediante una vía administrativa perteneciente al Ejecutivo Federal.
Y allí vuelve a aparecer el abogado Iván Fabela, quien ya había enfrentado jurídicamente procedimientos promovidos por la presidenta municipal y obtenido resoluciones favorables en distintos litigios electorales. Uno de los antecedentes más relevantes fue la defensa de El Tolimanense dentro de la controversia derivada del TEEQ-PES-10/2025. La sentencia local había diseñado una modalidad de cumplimiento que alcanzaba a seis medios de comunicación: El Tolimanense, Plaza de Armas Querétaro, ADN Informativo Querétaro, Voz de la Sierra, Conecta Semidesierto y Quadratín Querétaro, aun cuando esos medios no habían sido denunciados ni sancionados dentro del procedimiento. Desde la representación jurídica de El Tolimanense, Fabela llevó el asunto ante Sala Toluca y consiguió que se retiraran esas cargas a los medios, por lo que el efecto de su defensa trascendió al medio que representaba y alcanzó también a los demás espacios informativos involucrados.
Esta vez, Fabela tomó directamente la defensa de ACONTECER y llevó las actuaciones de Buen Gobierno al juicio de amparo. El asunto comenzó ante la justicia federal en Querétaro, donde fue registrado como amparo 1704/2026. Sin embargo, por tratarse de un asunto especializado en protección de datos personales, el expediente fue enviado a Aguascalientes, donde quedó registrado ante el Juzgado Tercero de Distrito como amparo 1040/2026-1.
Cuando ese juzgado desechó la demanda, Fabela impugnó. Encontró incluso en aquella resolución referencias a una supuesta “orden de embargo” que nada tenía que ver con ACONTECER y cuestionó la forma en que se había interpretado la notificación utilizada para cerrar el juicio.
El expediente volvió entonces a subir un escalón y llegó al Segundo Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, con sede en la ciudad de Aguascalientes, mediante la queja 361/2026. El 22 de octubre de 2026, el asunto fue llevado a sesión y la discusión volvió a abrir la puerta para que la legalidad de las actuaciones fuera examinada judicialmente. El propio directorio oficial del Poder Judicial ubica a este Segundo Tribunal Colegiado en Aguascalientes.
Para quien no está familiarizado con los tribunales, el recorrido puede entenderse de una manera sencilla: la controversia comenzó en Querétaro, llegó después a Toluca y terminó viajando hasta Aguascalientes. En Querétaro se desarrollaron las controversias electorales y comenzó también el amparo; en Toluca, la justicia electoral federal revisó los intentos de retirar la publicación; y en Aguascalientes, la justicia federal comenzó a revisar las actuaciones de Buen Gobierno y el desechamiento del amparo.
Esa es quizá la paradoja de esta historia. Primero, dos procedimientos electorales no consiguieron retirar cautelarmente una publicación. Después, una dependencia administrativa del Poder Ejecutivo Federal produjo una resolución que ordenó restringir la difusión de la imagen controvertida. Y, finalmente, fue necesario regresar al Poder Judicial Federal, ahora en Aguascalientes y con Iván Fabela en la defensa, para discutir si aquella actuación podía sostenerse constitucionalmente.
Una publicación cambió de expediente, de autoridad y hasta de ciudad, pero nunca dejó de ser la misma.
Querétaro, Toluca y Aguascalientes. Tres ciudades, distintas autoridades y una sola publicación en el centro de la controversia.
Y para ACONTECER, esa es precisamente la historia que merece contarse: cuando los tribunales electorales no ordenaron borrar, la controversia encontró otra puerta dentro del Ejecutivo Federal.





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