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Querétaro

Ordena TEEQ revalorar solicitud de medidas cautelares de alcaldesa de Cadereyta de Montes

Es falso que la presidente de ese municipio hubiera “ganado” el recurso

MESA DE REDACCIÓN

El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) resolvió el recurso de apelación TEEQ-RAP-6/2025 interpuesto por la presidente municipal de Cadereyta de Montes, la cual impugnó la negativa del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) de otorgarle medidas cautelares en contra del periodista Óscar Alcázar Zaragoza y David Iván Fabela Mendoza.

En su resolución, el TEEQ revocó parcialmente la determinación del IEEQ y ordenó que el instituto realice un nuevo análisis sobre la procedencia de las medidas cautelares solicitadas.

El tribunal precisó que, en caso de negar nuevamente las medidas, el IEEQ deberá fundar y motivar de manera más amplia y detallada las razones de su negativa; mientras que, si decide otorgarlas, deberá justificar la pertinencia y proporcionalidad de la medida con base en los elementos del expediente.

En términos sustantivos, la resolución no concede directamente las medidas cautelares solicitadas por la presidente municipal, sino que instruye al IEEQ a revalorar el caso, lo que representa una resolución desfavorable para la promovente, toda vez que el TEEQ pudo haberlas otorgado directamente y no lo hizo.

Por lo tanto, versiones difundidas que aseguraban que la presidenta había “ganado” el recurso son falsas, ya que el fallo no implica la concesión de las medidas cautelares, sino únicamente una orden de revisión más exhaustiva.

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