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Querétaro

Aprueban iniciativa de Ley para Garantizar el Derecho Humano al Vital Líquido para queretanos

Respeta el servicio de suministro continuo para necesidades básicas por día en al menos 50 litros, como lo establece la OMS

MESA DE REDACCIÓN

La Comisión de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Comunicaciones de la LX Legislatura, que preside el diputado Germaín Garfias e integran los legisladores Manuel Pozo y Gerardo Ángeles, aprobó -por unanimidad- el dictamen de la “Iniciativa de Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley que Regula la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Querétaro”.
Su objetivo general es fortalecer la ley e integrar acciones para el cuidado del agua y prevención de la escasez.
La reforma a la ley tiene como objetivo fundamental fomentar el cuidado del agua y prevenir escenarios de escasez, por lo que se determinan las actividades en las que debe utilizarse “agua tratada”, con la finalidad que el “agua potable” se reserve para el consumo humano.
Se reitera que el derecho al agua constituye un derecho humano, por lo que se debe respetar el servicio de suministro continuo para necesidades básicas por día (al menos 50 litros por día y por persona como lo establece la Organización Mundial de la Salud).
Se propone una regulación exhaustiva en el tema del servicio de saneamiento, incluyendo aquellas obligaciones a cargo de los prestadores de servicios, con la finalidad de potencializar la reutilización de agua y la mejora en la gestión del agua.
Se desarrolla exhaustivamente, además, la obligación que tienen los prestadores de servicios de garantizar la calidad del agua, conforme a las normas oficiales mexicanas emitidas en la materia.
Se establecen obligaciones a cargo de los prestadores de servicios en materia de prevención de contaminación por las descargas al drenaje.
Los diputados locales aseguraron que la ley jamás propone bajar el suministro de agua potable a 50 litros, sino reconocer expresamente el derecho a un mínimo vital que siempre deberá ser garantizado, tal y como lo establece la OMS y diversos tratados internacionales.

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